sábado, 28 de febrero de 2015

Lugar de Oreña en el año de 1753 (4ª parte)

Vecinos, casas, gastos, préstamos, venta de carrastrada y taberna de Perelada.

Venta de Carrastrada. En la actualidad son dos casas
(continuación)

21ª A la veinte y una que este pueblo se compone de los vecinos siguientes:
Setenta y dos vecinos enteros.
Veinte y tres viudas; que son otros tantos medios, que junto con uno que es solo medio vecino, hacen enteros doce vecinos.
Por lo que alzadamente, el número de toda la vecindad es de ochenta y cuatro y dos habitantes que hay más, todos los cuales viven dentro del pueblo y ninguno en casa de campo ni alquería por no haber.

22ª A la veinte y dos que en el hay ciento y cinco casas habitables y doce arruinadas de las cuales (según su juicio prudente, pues a punto fino, no lo pueden asegurar) las cincuenta y ocho están gravadas por el establecimiento del vuelo con una carga perpetua intitulada hemina que se reduce pagar: unas dos celemines de trigo y una gallina, y otras solo la cuarta parte de esto; en dos cantidades perciben anualmente por mitad el Cabildo de la Colegial de la  Real Abadía de la villa de Santillana, y el señor Abad de ella, y les parece haciendo una prudente regulación ascenderá el importe de toda a trescientos reales de vellón.

23ª A la veinte y tres que los propios que tiene el común son el molino que dejan declarado en la pregunta 17ª, una casa venta que adelante se dirá, y algunos prados que constarán en el memorial de Concejo (a que se remiten) de todo lo que anualmente forman cuentas.

24ª a la veinte y cuatro que no comprehende a este pueblo.

25ª A la veinte y cinco que los gastos que tiene este pueblo son:
Un pastor de vacas llamado Domingo de Oreña quien gana cada año noventa y tres reales de vellón y treinta y siete fanegas y media de maíz.
Más paga en cada un  año este Concejo al Cura Benefiiciado del ochenta y seis reales de vellón por la limosna de diferentes misas, que es costumbre celebrar así votivas como de ruego.
Mas catorce reales , los mismos que anualmente invierte este Concejo en la celebración de una misa cantada en el Convento intitulado del Soto.
Haciendo una prudente regulación de las demás Cargas anuales que se qrezan satisfacer del Concejo así en composición de caminos como otras, les parece asciende el importe de ellas, considerando un año con otro a dos cientos reales de vellón.

26ª A la veinte y seis que este pueblo tiene contra sí un censo redimible a dos por ciento de mil ducados de principal a favor de Miguel de la Pascua el que se sacó para pagar un donativo que se repartió de a doblón cada vecino.
Otro también redimible y a razón de tres por ciento de doscientos ducados de principal a favor de D. Pedro Antonio Barreda, vecino de la villa de Santillana, sin poder hacer memoria para el efecto que fue sacado.

27ª A la veinte y siete que no comprehende de este pueblo.

28ª A la veinte y ocho que sin embargo de lo que pusieron a la segunda pregunta no ser este pueblo sujeto a señorío alguno sino solamente a la jurisdicción de la real Abadía de la villa de Santillana y poner el Ilustre señor Abad de ella las Justicias que corresponden a sus Lugares con todo eso paga el Concejo en cada un año por el derecho de Alcabalas a la duquesa del Infantado y en su nombre a D. Pedro Antonio Barreda, vecino de Santillana, como su apoderado, cincuenta y cuatro ducados y por el de Martiniega diez reales a dicha Señora sin que puedan dar Razón qué título o motivo tenga para ello.

29ª A la veinte y nueve que en término de este Lugar hay una casa venta llamada la carrastrada que por la habitación de ella paga en cada un año a el Concejo, dueño de ella, diez reales Catalina Vela Pasqua, ventera, quien por razón de sisas, paga del dicho Concejo cada año, ciento y ochenta reales, se entiende por el presente, porque en otros suele valer más, y en algunos menos, y consideran que dan de útil a la referida ventera anualmente rebajada dicha cantidad, la de otros ciento y cincuenta reales y estos solo por subministrar algunos abastos para los pasajeros, porque por vender vino la contemplan de ganancia ciento y sesenta reales de vellón que es por lo que para sisar satisface del Concejo la expresada cantidad.
Provee y corta carne en la propia venta Juan de Cayuso pagando al Concejo treinta reales por no hacer este abasto más que de quince a quince días y le regulan al dicho Juan, cada año, bajada esta cantidad, ciento y diez reales, los sesenta por la provisión de Carne y cincuenta por cortarlo.

En el barrio de Perelada de este pueblo, y en su misma casa, tiene taberna Ana María González vecina del, y paga cada año al Concejo por razón de sisa ciento y diez reales de vellón. Provee ella mismo el vino que necesita, y la consideran así por esto como por venderlo y subministrar algunos abastos de corta entidad para las personas que acaece pasar por allí doscientos y cuarenta reales en esta forma: por lo primero cien reales, por lo segundo ochenta reales, y por lo tercero sesenta rebajados los diez ducados que soy expresado pagar por Razón de sisas al Concejo que le da solo por el vino.

viernes, 27 de febrero de 2015

Lugar de Oreña en el año de 1753 (3ª parte)

 Frutos,  molinos y ganados


(continuación)

13ª A la trece que por medidas de tierra no pueden regular el producto de los árboles, mediante la diversidad de los plantíos y haciéndolo separadamente de cada uno contemplan que un naranjal da de útil cada año un real; un limonar, lo mismo; un manzano seis cuartas; un peral, un real; un cerezo, cuatro cuartos; un guindo, seis cuartos; un nogal, cuatro; un melocotonal, seis cuartos; un granado, cuatro; una higuera, lo mismo; un castaño, tres cuartos; y un roble, un cuarto.

14ª A la catorce que el precio regular de una fanega de trigo, es veinte reales; el de una fanega de maíz, doce reales; la de alubias, veinte; la de linaza, treinta y dos reales; el manojo de lino, tres reales; una cántara de vino (que se compone de ocho azumbres), ocho reales; un carro de yegua, que tiene dieciséis coloños, dieciséis reales; una fanega de castañas, cuatro reales; una arroba de manzanas, tres reales; una libra de cera, siete reales; una azumbre de miel, cuatro reales; una libra de queso, dos reales; y una de lana, medio.

15ªA la quince que los derechos impuestos sobre las tierras del término, es el diezmo de todos los frutos que en ellas se cogen, /exceptuando el de la hierba y alubias/ y se parten por mitad entre el Cabildo de la Colegial de la villa de Santillana y el señor Abad de ella, y lo mismo perciben las primicias a razón de dos celemines y medio de trigo, y maíz por mitad, de cada uno que tiene labranza completa.

16ª A la diez y seis que ignoran que cantidad de frutas de cada especie se puede decimar, lo que contaría del Libro de tarifas a que se remiten y que tampoco saben la cantidad que pueden valer.

17ª A la diecisiete que en este pueblo hay seis molinos herineros de una rueda que todos muelen a represa.

Uno situado sobre el arroyo de Viallán y Bárcena, es propio de D. Antonio Barreda, vecino de la villa de Santillana y le lleva a medias ganancias Ángel de Nicolás, y les consideran a ambos de utilidad doscientos reales, por lo que toca a cada uno a ciento.

Otro del propio dueño, situado sobre el mismo arroyo, que le llevan por la mitad de ganancia Diego Pérez de Velasco y Domingo Ruiz, considéranles a los tres doscientos reales, por lo que tocan al dueño ciento y a los llevadores a cincuenta a cada uno.

Otro del Concejo de este lugar y le lleva en renta Antonio Ruiz, quien paga cada año, ochenta y ocho reales y le consideran de útil ciento y doce, está situado sobre el arroyo que el antecedente.

Otro situado, en propio arroyo propio de D. Tomás Calderón, vecino de Oreña, llévale a medias ganancias Lorenzo Ramos, a quien consideran de útil cada año, cien reales y otra tanta cantidad al dueño.

Otro situado en el arroyo de Perelada, es propio del dicho D. Tomás, llévale a medias ganancias, Josefa García, moza soltera, y la consideran de útil cien reales, y otra tanta cantidad al dueño.

Y otro situado sobre el mismo arroyo, es propio de D. Vicente de Ceballos, vecino de Las Presillas. Llévanle también a medias, María González del Piélago, viuda, y consideran a cada uno cien reales.

Los cuales muelen todo el año.

También hay otro molino arruinado que no da producto, es propio la mitad del Concejo y la otra mitad de María de Cayuso, vecina del.

18ª A la dieciocho que no comprehende a este pueblo.

19ª A la diecinueve que hay en este pueblo treinta colmenas propias de

Pedro Gutiérrez, ocho

Pedro González del Piélago, ocho

Miguel González, dos

Juan González, dos

Benito Gómez de Carandía, tres

Pedro García, dos

Domingo Vela Pasqua, dos

Pedro Pérez de Velasco, dos

Y Juana Cayuso, una

Y según su juicio prudente regulan con cera y miel el producto anual de cada colmena en dos reales.

20ª A la veinte que las especies de ganado que hay en este pueblo son bueyes de labranza, vacas de yugo, novillos, novillas, ovejas, cabras cabritos, castrones, burros, carneros, cerdos y cerdas.


Y haciendo una prudente regulación de lo que cada cabeza deja de utilidad anualmente al dueño, consideran que una vaca, veintidós reales; un novillo, veinte reales; una novilla, dieciocho; una oveja, cuatro reales; un burro, cinco; un carnero, seis reales; un castrón, cinco; una cerda de vientre, dieciséis; y un cerdo,  diez.

(continuará cuarta parte)

Dictamen "Lugar de Oreña en el año de 1753"

Lugar de Oreña en el año de 1753 (1ªParte)

Lugar de Oreña en el año de 1753 (2ª Parte)



miércoles, 25 de febrero de 2015

Lugar de Oreña en el año de 1753 (2ªparte)

 Frutos

manzano en Oreña año 2009
(continuación)

5ª A la quinta que así las tierras labrantías como los huertos para hortaliza, viñas y prados segaderos son de tres calidades, primera, segunda y tercera; eriales, cierros y montes, de igual calidad, por no haber otra.

6ª A la sexta que los árboles que hay en las sierras de este pueblo son manzanos, perales, naranjales, limonares, cerezos, guindos, nogales, melocotonales, granados, higueras, castaños y robles.

7ª A la séptima que los árboles que dejan declarados están en los huertos, aunque algunos en las sierras de primera calidad/

8ª A la octava que nunca guardan forma regular para los plantíos de árboles porque unos están puestos por toda su extensión y otros en las márgenes.

9ª A la novena que en cuanto a tierras y prados la medida que se usa en este pueblo es el Carro entendiéndose que es lo mismo que un celemín Castellano o de Ávila pues se compone cada fanega de tierra de doce Carros, infiriéndose, de que sembrándose un carro de la especie de trigo, se cubre con un celemín; de maíz con un cuartillo, y de linuezo con tres celemines que es lo mismo y sin diferencia que sembrar en el palmiento de doce Carros de Tierra, una fanega castellana de trigo; de Maíz cuarenta y ocho Carros con una fanega y de Linueso con otra fanega: el palmiento de cuatro Carros, componiéndose cada uno de dieciséis varas castellanas, en cuadro, acaeciendo lo mismo en cuanto a la medida de viñas pues también de Carro como va expresado en las de otra especie, componiéndose cada uno de veinticuatro carros.

10ª A la diez que no pueden asegurar el número de medidas de tierra de cada calidad y especie que hay en el territorio de este pueblo, lo que más bien como tara de los memoriales, y su reconocimiento a que se remiten pero haciendo una prudente regulación, les parece habrá de tierras labrantías de primera calidad  ciento y ochenta Carros; de segunda trescientos Carros y de tercera mil Carros; de huertos de primera calidad veinticuatro Carros, de segunda calidad treinta y seis, y de tercera calidad cincuenta; de viñas de primera calidad veinte Carros, de segunda calidad cuarenta Carros y de tercera cien Carros; de tierras yermas, que no producen, cuatrocientos carros; de prados de primera calidad cien Carros, de segunda doscientos y de tercera cuatrocientos carros; de pasto tieso mil Carros y de monte trescientos Carros.

11ª A la once que los frutos que se cogen en este pueblo son, trigo, maíz, alubias, lino en Rama, Linueso, vino, hierba, miel, cera, lana y frutas de los árboles que están declarados.

12ª A la doce que sin comprender el fruto de los árboles el Carro de Tierra de labrantío de primera calidad que todos los años alternando se siembra en esta forma: el primero de trigo produce seis celemines, el segundo de maíz nueve celemines, echan al mismo tiempo en cada Carro la cuarta parte de un cuartillo de alubias y produce este medio celemín; en este mismo año cogido el fruto siembran lino y produce cada Carro seis manojos en bruto con celemín y medio de granos cuyos productos da anualmente cada Carro de Tierra de la calidad expresada, infiriéndose de esto que como cada fanega se compone de doce Carros. Juntas las partidas producen de ellos, viene a dar cada fanega el primer año seis de trigo y el segundo nueve de maíz, media de alubias, setenta y dos manojos de lino y fanega y media de linaza.

El Carro de Tierra labrantío de segunda Calidad ( que también se siembra todos los años, alternando, uno de trigo, y otro de maíz y alubias, echando las mismas que en el antecedente) produce el primero cinco celemines de trigo y el segundo siete celemines y medio de maíz y medio de alubias, que por lo expresado antecedentemente, sale dar de cada producto de cada fanega de tierra, un año, cinco de trigo y otro siete y medio de maíz, con medio más de alubias, y así todos los años alternanza.

El Carro de Tierra labrantío de tercera Calidad (que todos los años se siembra en la misma conformidad y de las propias especies que el antecedente) producen el primero cuatro celemines de trigo, y el segundo cinco de maíz, y medio de alubias, y así sale dar de producto cada Fanega de Tierra, un año cuatro de trigo, y otro cinco de maíz y medio de alubias,

Debiéndose advertir que así las medidas insertan hasta aquí como las que adelante se seguirán, de celemines, fanegas y azumbres de vino, son de las de Castilla o Ávila, que se compone cada fanega de doce celemines, sin embargo, de que en esta tierra, suele usarse algunas veces de la medida de fanega que solamente se la componen cuatro celemines, viniendo a ser cada uno, tres de Castilla y también de la cántara que la componen dieciséis azumbres.

El Carro de Tierra de huerto de primera Calidad que sirve para hortaliza, produce cada año, reducido a dinero ocho reales, que sale cada fanega noventa y seis.

El Carro de Tierra de huerto de segunda Calidad, que también sirve para hortaliza, produce anualmente, reducido a dinero, seis reales, que es lo mismo que cada fanega setenta y dos.

El Carro de huerto de tercera Calidad produce cuatro reales, que es lo propio que cada fanega cuarenta y ocho.

El Carro de Tierra de viña de primera Calidad produce diez azumbres de vino, que es lo propio que cada fanega ciento y veinte.

El Carro de Tierra de viña de segunda Calidad, produce anualmente cinco azumbres de vino, que es lo propio que cada fanega sesenta.

El Carro de Tierra de viña de tercera Calidad produce anualmente cuatro azumbres de vino que es lo mismo que cada fanega cuarenta y ocho.

El Carro de Tierra erial no produce cosa alguna, pues solo sirve de pastos para los ganados del pueblo.

El Carro de Tierra prado de primera calidad, produce cada año tres coloños de hierba que es treinta y seis la fanega;

El Carro de Tierra prado de segunda Calidad, produce anualmente dos coloños de hierba, que es lo mismo que cada fanega veinticuatro.

El Carro de Tierra prado de tercera Calidad, produce un coloño, que es lo propio de cada fanega doce.

El Carro de Tierra de pasto tieso, no da más producto  que la hierba que pastan los ganados del pueblo.

El Carro de monte de roble alto, tampoco da más producto que la leña muerta que cogen los vecinos para el consumo de sus casas.


martes, 24 de febrero de 2015

Lugar de Oreña en el año de 1753 (1ª parte)

 Introducción


Zenón de Somodevilla y Bengoechea (1702-1781)
marqués de la Ensenada

Los datos están recogidos en el catastro del marqués de la Ensenada, famoso proyecto en la historia de nuestra Hacienda Pública, que no llegó a tener vigencia, a pesar de haberse hecho toda la investigación y recogida de datos  en todos los pueblos de España.

El proyecto de Ensenada única contribución proporcional a la riqueza de cada uno, conocida mediante el catastro. “Tiene por fin que pague cada vasallo a proporción de lo que tiene, siendo fiscal uno de otro, para que no se haga injusticia ni gracia”.

Real Decreto de 10 de octubre de 1749 en que, S.M. Fernando VI, enterado de todo, se dignó manifestar ser de su agrado lo propuesto, mandando practicar las diligencias conducentes a su más firme establecimiento.

En la Montaña las operaciones catastrales se hicieron durante el año de 1753. Varios jueces subdelegados recorrieron las distintas jurisdicciones de “Peñas al Mar” recogiendo y protocolando los memoriales  formados por los Concejos y sus vecinos.

Cada uno de estos debía entregar al juez un memorial en el cual había de constar su respectivo nombre, apellido, edad, estado civil, estado social,  (hidalgo, pechero o estado no conocido) oficio, hijos y parientes que habitaban en su casa y criados. Y las casas, prados, tierras, ganados, censos, árboles, etc. … En fin, todo cuanto poseyera y en alguna forma redituara.

En el lugar de Oreña a ocho días de el mes de junio de setecientos cincuenta y tres año de el Señor D. Manuel Antonio Sánchez de Cos, subdelegado nombrado por su Magestad para las diligencias de la única contribución, comparecieron: Francisco González y Thorivio Martínez vecinos del; peritos nombrados por los vecinos deel mismo lugar, Juan Pérez del Valle mayor y Antonio Velasco vecinos del de Cerrazo, también peritos nombrados de oficio de sumario para efecto de responder unos y otros a las preguntas del interrogatorio de la Letra A como personas inteligentes en el contexto de ellas respecto su oficio de labradores de quienes y a presencia de D. Alejandro Manuel de la Pasqua Cura Beneficiado en este dicho Lugar de Oreña, y de Pedro de Velasco, Regidor y Joseph González , Procurador, y vecinos del mismo Lugar, sumario por ante mí el escribano, tomo y recibo juramento por Dios nuestro Señor y con la señal de Cruz en forma de derecho y los susodichos la hicieron, bien y cumplidamente como se requiere y su cargo del prometieron decir veraz de lo que supieren y les fuere preguntado y viéndolo por el honor de las preguntas de dicho interrogatorio de cada una dijeron lo siguiente:

1ª A la Primera que este pueblo se llama Oreña que se compone de seis barrios llamados: uno Viallán, Otro Bárcena, otro Torriente, otro Caborredondo, otro Padruno y otro Prelada, todos de la misma jurisdicción  de la real Abadía de la villa de Santillana.

2ª A la Segunda que no está sujeto a señorío alguno por ser del Real patrimonio.

3ª A la Tercera que el término propio y primario de este lugar ocupa desde levante a poniente media legua y del norte al sur lo mismo, y de circunferencia dos leguas, confronta por levante con término de la villa de Santillana, por poniente con el del lugar de Toñanes, por el norte con el referido de Santillana y Ubiarco y por el sur con el de Rudagüera y Cerrazo.

4ª A la Cuarta que las especies de tierras que se hallan en este pueblo son todas de secano por no haber ninguna de riego y se reduce a heredades labrantías, huertos que sirven para hortaliza, viñas, tierras yermas por naturaleza que no producen, prados segaderos, pastos, cierros y montes de roble alto; y las dichas tierras labrantías producen caza, añojos, terneros,  de frutos en la forma que adelante se explicará.


sábado, 21 de febrero de 2015

Ángel Aguazo y Antonina Callejo

Ángel Aguazo Celis y Antonina Callejo Rodríguez



ÁNGEL AGUAZO CELIS (n. 1940 Oreña, m. 2013 Oreña) y ANTONINA CALLEJO RODRÍGUEZ (n. 1949 San  Vicente del Monte),  casados el 16 de junio de 1967 en la Iglesia Parroquial de San Vicente Mártir de San Vicente del Monte.

Sus hijos: Ángel (1968), Victoriano (1973) y José Manuel (1977)

Obrero mixto con  residencia  en Viallán.


ÁNGEL  era hijo de Valentín Aguazo García (n. 1903 Oreña, m. 1955 Oreña) y Mariana Celis Obregón (n. 1917 Oreña, m. 2012 Torrelavega).

Sus hermanos: Valentín (1938), Celestino (1941-1941), José (1942-1943), Celestino (1943-), Gumersindo (1946), Aurora (1947) y Victoriano (1951-1970). María del Carmen (1927), Nicolás (1929-2011) y Rafael (1930-1932).

Era nieto paterno de Celestino Aguazo del Campo (n. 1870 Oreña, m. 1931 Oreña) y Aurora García Pardo (n. 1870 Oreña, m. 1909 Oreña).

Era nieto materno de Agustín Celis Pardo (n. 1876 Oreña, m. 1954 Oreña) y Juana Petra Obregón Sáez (n. 1875 Oreña, m. 1951 Oreña).


ANTONINA es hija Antonio Callejo Rábago (n. 1923 San Vicente del Monte, m.) y Adela Rodríguez González (n. 1928 San Vicente del Monte).

Sus hermanos: José (1947), Antonio (1951), Francisco (1952), Manuel (1961), Caridad (1963) y Fernando (1973).


Raíces: Valentín, el padre de Ángel estuvo casado en primeras nupcias con Serviliana Aguazo Calvo y Nicolás,  su hijo y hermano de Ángel, estaba casado con Gloria Pernía González (1932) hija de Gloria González Cayuso (1904-1983) que era hermana de  Jesusa (1896-1970) casada con Vicente Sánchez Gutiérrez (1896-1944), primo carnal de mi madre Leonor.




Anecdotario:
Navegante y obrero mixto de SNIACE
Residencia en Bárcena de Cudón los dos primeros años de casados y desde 1970 en Oreña.
“ amigo de sus amigos”
Me considero uno de ellos. 



jueves, 5 de febrero de 2015

Juan Gutiérrez y Segunda Cayuso

Juan Gutiérrez Cayuso y Segunda Cayuso Noriega



JUAN GUTIÉRREZ CAYUSO (n. 1905 Oreña, m. 1963 Santander ) y SEGUNDA CAYUSO NORIEGA (n. 1911 Oreña, m. 1952 San Fernando Cádiz) casados el 11 de mayo de 1935 en la Iglesia Parroquial de San Pedro Apóstol de Oreña.

Sus hijos: María del Carmen (1938), María del Pilar (1938), Juan (1943),  María de los Ángeles (1947) y Jesús (1949).

Del comercio con residencia en San Fernando.


JUAN era hijo de Estanislao Gutiérrez González  (n. 1873 Oreña, m. 1959 Viallán) y Eduviges Cayuso García (n. 1871 Oreña, m. 1940 Oreña).

Sus hermanos: Gerónima (1904-1996), Marceliano (1907-1994), Josefa (1909-1997) y Leonor (1910-1983).

Era nieto paterno de Vicente Gutiérrez González (n. 1835 Puente San Miguel, m. 1897 Viallán) y Leonor González Herrera (n. 1841 Perelada, m. 1931 Viallán).


Era nieto materno de Juan Cayuso Arce (n. 1822 Viallán, m. 1899 Viallán) y Gerónima García González (n. 1837 Padruno, m. 1915 Oreña).


SEGUNDA era hija de Jesús Cayuso Cayuso  (n. 1882 Oreña, m.  1961 Oreña) y Amelia Noriega Fernández (n. 1888 Oreña, m. 1970 Oreña).

Sus hermanos: Avelina (1913-1997), María Jesús (1915-) y Amelia (1932-2000).

Era nieta paterna de Andrés Cayuso Iglesias (n. 1850 Arroyo, m. 1922 Oreña) y Bernarda Abad Cayuso Sánchez (n. 1853 Bárcena, m. 1922 Oreña).

Era nieta materna de José Noriega Jareda (n. 1859 Arroyo, m. 1930 Viallán) y Segunda Fernández Llata (n. Oreña, m. 1938 Oreña).


Raíces: Son mis tíos.


Anecdotario:  Se establecieron en San Fernando “Ultramarinos La Cita”.


Otros familiares en este blog: 

ellos mismos como “Juan y Segunda” publicado el 25.11.2012,

padres de Juan:

Estanislao y Eduviges

hermanos de Juan

"Fael y Gerónima”

“Llano y Milia”

“Tonín y Sefa”

“Ángel y Leonor”

padres de Segunda

"Jesús y Melia"

hermanos de Segunda

“Tomás yAvelina”